¿De dónde viene esto?
Inmigración Canadá introdujo una política en agosto 2020 para ayudar a los turistas que tenían la imposibilidad de salir del país por las restricciones relacionas a los viajes debido a la pandemia del COVID-19.
Bajo esta política, las personas podían aplicar a un permiso de trabajo sin necesidad de dejar el país y así cambiar de estatus de visitante temporal a trabajador temporal.
Otra medida fue para los extranjeros que tenían un permiso de trabajo con 12 meses de antigüedad y que aplicaron a una visa de turista para poder seguir en el país con estatus legal, podían continuar trabajando de manera legal mientras la decisión del nuevo permiso de trabajo se procesaba.
Esta política temporal, por cada año, se venía extendiendo, desde el 2020 hasta este año 2024, que tenía prevista finalizar el 28 de febrero 2025.
Política temporal pública da fin
Hoy 28 de agosto 2024, Inmigración Canadá comunica el fin de esta política que permitía a las personas con estatus de visitante temporal (turistas), aplicar a un permiso de trabajo estando dentro de Canadá.
¿Por qué el fin antes de la fecha prevista?
El mismo discurso, el objetivo es balancear el número de residentes temporales (que anda arriba de los 2 millones) y preservar la integridad del sistema de inmigración.
Inmigración Canadá está al tanto de actores mal intencionados, que usaron esta política para mal orientar a gente extranjera de venir a trabajar a Canadá sin autorización.
A tener en cuenta
Inmigración Canadá va a continuar procesando aplicaciones recibidas hasta hoy 28 agosto a la media noche.
A partir de mañana 29 de agosto, toda solicitud de permiso de trabajo se realizará desde el exterior de Canadá.
¿Qué opciones quedan?
Presentar una solicitud «Fuera de Canadá» desde dentro de Canadá siguiendo las instrucciones que se encuentran aquí ir al enlace
Salir de Canadá y presentar una solicitud «Fuera de Canadá» desde otro país en el que tenga estatuto legal de inmigrante.
Si cumple los requisitos, presentar la solicitud de permiso de trabajo en un puerto de entrada (esta opción es probablemente la más arriesgada, ya que la CBSA ha dejado muy claro que tiene una capacidad/deseo limitados para tramitar las solicitudes de permiso de trabajo «flagpoling»). La elegibilidad para solicitar un permiso de trabajo en un puerto de entrada se puede encontrar en las secciones 198/190 del Reglamento de Inmigración y Protección de Refugiados y en la orientación pública del IRCC que se encuentra aquí: ir al enlace